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En las primeras cuatro entradas del blog encontrarán los datos generales de nuestra mesa de trabajo y del coloquio en el que se desarrollará, una delimitación conceptual y preguntas detonadoras que nos ayudarán a dar inicio a nuestros trabajos. También encontrarán algunos datos que conectan con temas relevantes para la discusión.

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miércoles, 24 de septiembre de 2014

El Acuerdo de Seguridad para Michoacán es una "solucción pragmática"

El Acuerdo de Seguridad para Michoacán es una "solucción pragmática"

Teresa Da Cunha Lopes

El 27 de enero 2014, se firmó un Acuerdo o Pacto entre el Gobierno y los grupos de Autodefensa de Michoacán. El documento ratificado por los líderes de las autodefensas de Churumuco, Nueva Italia, La Huacana, Parácuaro, Tancítaro, Cualcomán, Aquila y Coahuayan; por el entonces gobernador de Michoacán, Fausto Vallejo, y por el nuevo Comisionado para la Seguridad y el Desarrollo Integral de Michoacán, Alfredo Castillo Cervantes, contiene una hoja de ruta en que se define la opción política de crear las estructuras de encuadramiento institucional de los comunitarios, uno de los objetivos prioritarios de la estrategia integral de seguridad para Michoacán.

Tal como lo previmos desde el 20 de mayo 2013 y lo reiteramos el 5 de enero 2014 en dos artículos de opinión dedicados al tema de las estrategias de Seguridad para Michoacán, el gobierno federal optó por una solución político-militar, a que en su momento llamé la “solución imperfecta”, pero, que en la realidad, dadas las variables observadas sobre el terreno, debería ser llamada la “solución pragmática”.

Frente a la degradación de las condiciones mínimas de seguridad que afectan directamente a los michoacanos, en particular a los habitantes de Tierra Caliente existía, y todavía existe, la urgencia de encontrar un equilibrio difícil y lleno de riesgos entre las acciones urgentes de recuperación del territorio dentro de un marco constitucional y de los límites impuestos por un Estado de derecho.

Afirmé, en su momento que : “Tal obliga a estudiar las formas de integración de estas fuerzas informales en la estructura formal. Crear una coordinación que permita, en el inmediato y corto plazo, asegurar la paz y la seguridad de los “olvidados” de Michoacán al mismo tiempo que la supervisión de los órganos competentes y de la cadena de mando formal asegure la justicia, la transparencia y la vigencia del estado de derecho.” Para tal, no era, ni fue necesario “inventar el hilo negro”, ya que históricamente en México existían las referencias a las policías comunitarias en municipios indígenas y las estructuras del Cuerpo de Policía Rural o Rurales (que era el nombre popular), también conocidos como Guardia Rural, era una fuerza de policía montada que existió inicialmente entre 1861 a 1914 y hasta 1947 en algunas regiones y luego se vuelve a activar, para la defensa de zonas rurales en México pero con el nombre de Cuerpos de Defensa Rural.

Es precisamente a esta figura legítima y jurídicamente válida que se acoge el primero punto del Pacto.

El Pacto consta de 8 ejes o puntos nodales en que la institucionalización de los grupos de autodefensas comunitarios es la columna vertebral de la estrategia de pacificación de la región de Tierra Caliente.

Estos ejes son, en resumen, los siguientes:

1. Creación de “Cuerpos de Defensa Rurales” temporales, que estarán bajo el control y coordinación de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

2. Incorporación de los elementos comunitarios a las “corporaciones policiacas municipales”, previo cumplimiento de los requisitos y con el respaldo del Cabildo del Ayuntamiento respectivo.

3. Las armas de fuego de las autodefensas serán obligatoriamente registradas ante la Sedena

4. Se harán auditorías del uso de los recursos públicos en los municipios abarcados poe Pacto.

5. Se implementará una rotación de los agentes del Ministerio Público federal y local, y la puesta en marcha de unidades móviles de MP.

6. Se establecerá una comunicación permanente entre los comunitarios, los municipios y el comisionado federal para la Seguridad y el Desarrollo Integral de Michoacán para garantizar apoyo a las localidades.

7. Los autodefensas comunitarios en libertad provisional bajo caución por portar armas de fuego exclusivas del Ejército, puedan firmar en Michoacán, sin tener que trasladarse a otras entidades.

8.- Aplicar “todo el peso de la ley” a servidores públicos a quienes se compruebe responsabilidad penal o administrativa.

Quiero resaltar que me parece positivo que en vez de colocar el enfoque sobre el “desarme de las poblaciones”, postura en que imperativamente se colocarían a estas poblaciones y al Ejército en una trayectoria de “choque de trenes”, se opta por la integración de los integrantes de las autodefensas, que surgen de las comunidades mismas, en unidades institucionales, aún que “temporales”, de cooperación civil-militar bajo la coordinación de la SEDENA.

Tal ha permitido consolidar el proceso estratégico en sus tres etapas operativas, recuperación de control territorial, eliminación de fuerzas hostiles, pacificación social, iniciado con el Decreto presidencial del 13 de enero 2014, sobre la designación del Comisionado y con el actual operativo en marcha.

Sin embargo, estos procesos son lentos, llenos de riesgos y muy complejos, tanto más que los Estados democráticos y de derecho tienen una complejidad arquitectural y constitucional que obligan, lo que sólo puede ser considerado como positivo, a que todas las acciones se enmarquen en el respecto absoluto de los derechos humanos. Es una “solución pragmática” que puede funcionar.

La cuestión reside en saber si los actores locales- políticos, sociales y económicos – quieren que funcione realmente.

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